El porteador realiza una jornada de 4 días de trabajo. El descanso del porteador debe ser de 5 días antes de
ingresar nuevamente a Camino Inca.
El porteador tiene derecho a:
Los trabajadores porteadores, sus esposas/os e hijos menores, son incorporados como beneficiarios del Seguro
Social de Salud (EsSalud), para el acceso a las Prestaciones de Salud, Subsidio por Incapacidad Temporal, Subsidio por Maternidad, Prestación por Sepelio, Subsidio por Lactancia.
El trabajador porteador puede ser afiliado al Sistema Nacional de Pensiones (ONP) o al Sistema Privado de Pensiones (AFP), que le permite acceder a un monto de pensión de jubilación, después de cumplir 65 años de
edad.
La empresa realizará el pago del seguro complementario de trabajo de riesgo (SCTR), para la atención médica,
farmacológica, hospitalaria y quirúrgica, hasta la recuperación total del trabajador en caso de accidente.
El trabajador porteador puede ser afiliado al Seguro Vida Ley, el cual cubre muerte accidental, natural e invalidez total o permanente por accidente.
El cocinero realiza una jornada de 4 días de trabajo. El descanso del porteador debe ser de 5 días antes de realizar una nueva ruta. Las jornadas adicionales se consideran como horas extras y son pagadas conforme a las normas vigentes.
El cocinero realiza una jornada de 4 días de trabajo. El descanso del porteador debe ser de 5 días antes de realizar una nueva ruta. Las jornadas adicionales se consideran como horas extras y son pagadas conforme a las normas vigentes.
Los trabajadores porteadores, sus esposas/os e hijos menores, son incorporados como beneficiarios del Seguro
Social de Salud (EsSalud), para el acceso a las Prestaciones de Salud, Subsidio por Incapacidad Temporal, Subsidio por Maternidad, Prestación por Sepelio, Subsidio por Lactancia.
El trabajador porteador puede ser afiliado al Sistema Nacional de Pensiones (ONP) o al Sistema Privado de Pensiones (AFP), que le permite acceder a un monto de pensión de jubilación, después de cumplir 65 años de
edad.
La empresa realizará el pago del seguro complementario de trabajo de riesgo (SCTR), para la atención médica,
farmacológica, hospitalaria y quirúrgica, hasta la recuperación total del trabajador en caso de accidente.
El trabajador porteador puede ser afiliado al Seguro Vida Ley, el cual cubre muerte accidental, natural e invalidez total o permanente por accidente.
Trabajamos de la Mano con lo Porteadores y Cocineros para el bienestar de ellos y sus familias.
Es obligación de la Agencia de Viajes brindar las siguientes condiciones laborales mínimas para los trabajadores porteadores y cocineros: